
Asignaciones Familiares en Uruguay
A partir del mes de julio, desde el Gobierno se impulsó una estrategia de revinculación
educativa para que niñas, niños y adolescentes que habían dejado de asistir a los centros
educativos, pudieran volver a estudiar. Esta acción fue posible gracias al trabajo en
conjunto de varios organismos públicos: ANEP, Ministerio de Desarrollo Social a través de
sus equipos socioeducativos territoriales, BPS, INAU, los Centros Educativos de
Capacitación del MEC, INISA y la Secretaría Nacional del Deporte.
Gracias a esta iniciativa, 2.246 estudiantes lograron volver a clases, de un total de 5.382
que estaban desvinculados del sistema educativo.
A pesar de los esfuerzos realizados, 3.136 continúan sin asistir a un centro educativo y, por
esta razón, dejaron de percibir Asignaciones Familiares, ya que este es uno de los
requisitos para acceder al beneficio.
Aunque se trata de un mínimo histórico, se prevé seguir estudiando la distribución de los
casos según edad y lugar de residencia.
Es importante resaltar que aquellos que presenten la constancia de asistencia a un centro
educativo, volverán a recibir el beneficio de forma inmediata.
También, como parte de las políticas de revinculación educativa, este año el BPS ejecutó
el pago de un bono de apoyo económico de $2.500 a más de 114.000 niñas y niños que
asisten a escuelas públicas en contextos vulnerables.
El derecho a la educación es el principio rector de las políticas educativas, más y mejor
educación pública seguirá siendo la forma de no dejar a ningún niño, niña o adolescente al
borde del camino.
En esta línea, para apoyar a las familias, el BPS otorga distintas Asignaciones Familiares.
¿Qué tipos de Asignaciones paga el BPS?
Asignación familiar (Ley N.º 15.084)
Es una prestación económica para los hijos o menores a cargo de los trabajadores, desde
el momento del embarazo y varía según los ingresos del hogar.
Los beneficiarios son niños y adolescentes que:
• Reciben educación primaria estatal o privada, hasta los 14 años.
• Cursan estudios secundarios en institutos estatales o privados habilitados (UTU, liceo),
hasta los 18 años.
• Padecen alguna discapacidad. Las personas con discapacidad tienen derecho a la
asignación familiar doble, de por vida o hasta que cobren otra prestación del BPS.
Los montos son según los topes nominales para familias con hasta dos beneficiarios (hijos
o menores a cargo): las familias que tienen un ingreso de hasta $48.670 reciben $1.291
por mes por beneficiario; las familias que cobren hasta $81.134 reciben un monto de $645
por mes por beneficiario.
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El tope se incrementa en 1,2338 BPC ($ 8.113,47) por cada beneficiario adicional: con 3
hijos es de $ 89.247,5, con 4 hijos $ 97.361, con 5 hijos $ 105.474,5. En este caso, el
monto a percibir será el de la segunda franja ($ 645 a 1/2025) por mes y por beneficiario.
Otros requisitos en https://www.bps.gub.uy/5470/asignacion-familiar.html
Plan de equidad (Ley N.º 18.227)
Es una prestación mensual en dinero a familias en situación de vulnerabilidad
socioeconómica.
Los beneficiarios son:
• Niños y adolescentes que integran hogares en situación de vulnerabilidad
socioeconómica.
• Niños y adolescentes internados en régimen de tiempo completo en el INAU o en
instituciones con convenio.
El monto varía según la cantidad de beneficiarios por familia, el nivel educativo y si padece
discapacidad. Se paga a quienes ejerzan la representación legal del menor. Si personas de
distinto sexo cumplen con esas condiciones, tendrá preferencia la mujer.
Para beneficiarios que padezcan incapacidad física o psíquica y para beneficiarios
internados en el INAU o instituciones con convenio el monto es fijo.
Los valores mensuales son:
• $ 2.591,91 por el primer beneficiario (en gestación, menor de 5 años y escolares).
• $ 1.110,83 que complementan la partida anterior cuando el primer beneficiario cursa nivel
intermedio.
• $ 3.702,74 por beneficiarios con discapacidad.
• $ 2.591,91 por cada beneficiario internado en régimen de tiempo completo en
establecimientos del INAU o instituciones con convenio con este.
Otros requisitos en https://www.bps.gub.uy/3540/plan-de-equidad.html
Embarazos y nacimientos múltiples – (Ley 20.365)
Es una prestación bimestral en dinero a mujeres que cursan un embarazo múltiple o a
familias que tengan a su cargo dos o más hijos producto de un nacimiento múltiple.
La asignación prenatal equivalente al triple del que correspondería según el régimen
general de asignaciones familiares. A los beneficiarios ya nacidos les corresponde el triple
hasta los 5 años, el doble entre los 6 y los 12 años, y común hasta los 18 años, también de
acuerdo al régimen general de asignaciones familiares.
El derecho a la prestación se adquiere a partir de la fecha de la solicitud,
independientemente de la existencia de una relación laboral formal de los padres o tutores.
Otros requisitos en https://www.bps.gub.uy/3539/embarazos-y-nacimientos-multiples.html
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¿Qué alcance tienen las Asignaciones Familiares?
Actualmente, el BPS paga 461.824 Asignaciones Familiares, destinadas a preescolares y
estudiantes de primaria y secundaria en todo el país.
Entre ellas, se otorgan 47.512 asignaciones familiares comunes, asignaciones por Plan de
Equidad 406.512 y asignaciones por Embarazos y nacimientos múltiples 7.740.*
Asignaciones familiares por departamento
*Datos actualizados a setiembre 2025.
Los importes no incluyen el complemento AFAM PE por covid-19
Datos del último bimestre de AFAM 15.084 sin demanda
Más cifras sobre Asignaciones Familiares en
https://observatorio.bps.gub.uy/#/asignaciones-familiares
Montevideo, Octubre de 2025.